domingo, 15 de diciembre de 2013

El pueblo desunido siempre ha sido vencido

   Ninguna coalición ganadora electoralmente tiene por ké excusarse (a no ser hipócritamente) principal, ética o moralmente. Estas consideraciones en la arena política son augurio de derrotas—parafraseando a N. Maquiavelo—, llanto de ingenuidad y hasta estupidez.
   Son promesa de fracaso. Probablemente los perdedores keden con su conciencia trankila, pero la conciencia sobre lo bueno y lo malo, cuando no es bagatela, es instrumento del pecador-vencedor. Por ejemplo, aunke el aparentemente perdido, y últimamente perdedor, Peñalosa, halle  refugio en las toldas Verde-Progresistas, se le reconoce su desideologización, si es ke tiene alguna, o adaptabilidad mutante; dicho de otro modo, su espíritu pragmatista: lograr una curul o cualquier cargo público al precio ke sea, con la piel ke sea o transvistiéndose políticamente las veces necesarias, sin límite, hasta obtener su objetivo. Tal conducta es inscribible en el más puro —no de pureza como decir de la Virgen, todo candidato debe estar dispuesto a la sodomía y a sodomizar, en la contienda política, digo— sentido de la política. Lo ke en cierto contexto de mitad alta del s. XIX, Otto Von Bismarck diera en llamar realpolitk, y ya en la primera del s. XVI alcanzara certera connotación politólógica (realismo) con El Príncipe de Maquiavelo.
  El caso Peñalosa, me lo parece, es el más extremo de cuantos preconfigurarían una “tercería” competitiva a las listas de Santos y Uribe para marzo y presidenciales de 2014. Extremo en cuanto a la posibilidad de que efectivamente  se dé la unión a la que ha llamado el Representante Iván Cépeda, del Polo, misma que se supone  entre pares ideológicos. Así no tenga mucho sentido, actualmente, hablar de ideologías de cuño histórico-socialistas, menos aún pro-comunistas. Y no lo tiene. No son ideologías de este calado —ni sikiera las suavizadas: socialdemócratas; así Serpa y otros como él se asuman en la n-ésima Internacional— las que en la historia electoral colombiana han descollado. ¿Y qué sentido tiene un partido que no tiene una aspiración efectiva de triunfo electoral? Esta sería una cuestión de interesante análisis, o no. Y no digo ke no tenga otros sentidos, aunque, presumo, menos pragmáticos.
   Así, si esas izkierdas colombianas ke dicen ser el pueblo unido ke jamás será (¿futurible?)vencido (Polo, Marcha Patriótica, Minga de los Pueblos, Partido Comunista —o lo ke kede de éste—, Progresistas-Verdes, esa cosa de Angelino, MOIR, UP, M-19,…) dejaran de lado los peros ideológicos… Pero, un momento, no es mucho, más bien es poco, mejor dicho: nada. Nada es lo ke tendrían ke dejar de lado, pues todos (o casi: kizás un poco menos Marcha Patriótica) aceptan el sistema económico actual colombiano. Eso sí, matizado con el pergaminoDDHH, lo ke configuraría una asible política económica de izkierda. Al decir de Saramago, la izkierda debe aplicarse a la efectividad del discurso de los DDHH. No sé si eso sea verificable en el ideario o praxis de las izkierdas colombianas, a mí tan sólo se me antoja este “reduccionismo” saramagoniano como prospectiva o paradigma del ke-harán las izkierdas, o mejor, ké hará unida y gobernante.  “Unida” condición necesaria de “gobernante”.
   Y la unidad, como mar de todos sus afluentes izquierdistas, sólo es posible con el derrotero pragmatista: triunfo electoral. Hablo de la posibilidad como tal, no como un hecho. Pero señalo la imposibilidad  del hecho sin la condición pragmática.
    Pero aún keda una condición más. Tan o más fuerte ke la tozudez de un capucho cualkiera en una universidad tercermundista cuasi-pública cualkiera, ke aún firma sus feos grafitis con cruz de hoz y martillo; apenas comparable con el caudillismo, la megalomanía política, el personalismo,cómo me suena de bien la voz en público, ké argumentos los míos, yo soy—somos—el  cambio, la paz… Casi que cada hombre-mujer de izkierda emula en ese aspecto al más verraco, el único capaz de transformar la Constitución en Colombia para lustrarse el ego de máximo gobernante doble periodo, el mismo ke sigue por las mismas desde una falaz etiketa de "Centro", y más inverosímil "Democrático", visto su talante autoritario e impositivo tanto en su doblete presidencial como al interior de su nueva agrupación de culto a su persona. 
   La izkierda del s. XXI, en general, en Latinoamérica, ha recaído en los mismos vicios ke le endilgaba y fustigaba a la derecha en las consabidas dictaduras centroamericanas y del sur del cono: ansia de perpetuidad en el poder político. Y en Colombia no ha sido la excepción, excepto ke las izkierditas colombianas no han logrado este poder como sí lo han hecho otras en los otros países suramericanos. Me parece estar leyendo akél grafiti, sin firma: "no hay nada más parecido a un autoritarismo de derecha que un autoritarismo de izkierda".
   Así, desagregada la posible unión de las izkierdas en Colombia, dos son las condiciones necesarias interrelacionadas para ke el pueblo (definido por las izkierdas colombianas), unido, no sea vencido: pragmatismo electoral y superación de los liderazgos personalistas (Piedad, Robledo, Petro, Navarro, Feliciano,..). Después de todo, cierto maquiavelismo no es extraño a ningún político ke se precie tal; o ke no kiera hacerla de ingenuo fracasado. p.
   

Posdata: 

Estoy de acuerdo, en principio, con Feliciano Valencia (candidato indígena) cuando, según le entiendo, dice ke Peñalosa estorba a la posible tercería. Pero mi cálculo es: si Peñalosa trae votos, es unible (no todos son unibles, a pesar de su potencial electoral, por la distancia en el espectro ideológico izkierda-derecha, o inclusive por odios incurables), si kita votos, no sirve para una tercería competitiva… El actual electoral de Peñalosa da para pensar ke no es recomendable ni para una ultimería. Estoy, en fin, de acuerdo con  la conclusión de Feliciano, pero no siguiendo la misma premisa, como keda claro.

viernes, 13 de diciembre de 2013

DERECHO DE PETICIÓN SOBRE SERVICIO MÉDICO UNIVERSITARIO


O DE UNA TREMENDA CORRESPONDENCIA ENTRE EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y EL SERVICIO MÉDICO UNIVALLUNO



Cali, 10 de diciembre de 2013


Universidad del Valle
Señor:
Dr. Jesús A. Sánchez
Vicerrector de Bienestar Universitario


   Saludo muy fraterno, Profesor Sánchez.
   Como ser humano, como persona y ciudadano, me resulta profundamente indignante la entrañable coherencia entre la atención del Servicio Médico Universitario y el Sistema de Salud Nacional (especialmente por ley 100 definido).
   Coherencia, digo, por presentar decorosamente lo que de suyo resulta enfermizo y propio del anteponer el trámite burocrático-tecnicista y, por demás, mercantilista, a la atención en salud. Tal parece ser así a juzgar por las situaciones —que llamaré, porfiadamente, “aisladas” de una política de bienestar universitario—presentadas de un tiempo para acá en la atención que particularmente los y las estudiantes reciben del Servicio Médico Universitario. Señalo esto sin desmedro de las acciones que en materia de bienestar universitario Usted ha coordinado con tanta diligencia y consecuencia.
   Por nuestro precario Sistema de Salud Nacional, no me quejo, no es de Usted la responsabilidad, Usted no tiene la culpa; como a mí y a unos cuantos muchos millones de conciudadanos, también le supongo víctima del mismo, y también le imagino movilizándose, como a esos millones, contra la susodicha reforma a la salud en curso.
   Atiendo su llamado a reportar casos aberrantes respecto de nuestro Servicio Médico Universitario, atenido a su pronta respuesta y correspondiente con una idea de política universitaria solidaria y fraterna que en Usted he percibido en muchas ocasiones en torno al Bienestar univalluno. Desafortunadamente, Usted tiende a quedarse solo en la multitud tramitomaniaca amparada por el espíritu nacional legal actual y, posiblemente, normativo universitario (?).
   El caso —entre decenas y contando—, sucintamente, es el siguiente:
Fecha: lunes 25 de noviembre de 2013. Hora: 8am-10am. Médico: Dr. Garcés. Estudiante-paciente: Giovanny Correa. Sede Univalle: Meléndez. Testigos: Dr. Garcés, estudiantes (por ubicar), personal del Servicio Médico y el suscrito (Rolando Quintero R.).
Situación: en la fecha y momento referidos me encontré acompañando a la estudiante Lina Agudelo, por una afección muscular. A pesar de que el médico le recomendó un estudio RX Panorámico (Radiografía especializada) de la zona afectada, sólo le fue autorizado un RX normal (que no da la vista al especialista de la zona comprometida, según médico que receta el estudio especializado), porque el procedimiento excedía el “tipo [al que tienen] derecho los estudiantes” (voz de funcionaria de autorizaciones de Servicio Médico-Edificio 384 del Campus-Meléndez-Univalle).
   Aunque el anterior sería otro caso a reportar como falla en la atención, retomo el del estudiante Correa, por ser más delicado, si se quiere. Pude ver cómo éste compañero caminaba doblado y asistido por una estudiante, él evidenciaba un dolor intenso en su parte lumbar y/o abdominal[1]; también presencié cómo le opusieron condiciones (de Dr. Trámite) para prestarle servicio de ambulancia para traslado al Hospital Universitario. El propio estudiante, al que abordé, me confirmó la negativa. Finalmente, fue el mismo Dr. Garcés quien lo transportó en su vehículo particular.
   Por fortuna esta situación fue “resuelta” con un gesto solidario. Pero dudosamente —aunque la Salud en Colombia reciba aportes del negocio del azar— una política se afinque en la fortuna, menos en la solidaridad o en la gestión administrativa de un funcionario solo.
   Por tanto, en aras de aportar al replanteamiento de la política que subyace a este tipo de situaciones indignantes, le garantizo estar pendiente ante este tipo de casos y reportárselos en el término del enterarme.
   Por no desaprovechar, o por aprovechar mejor —mejor—, le transmito unas inquietudes sentidas en el seno estudiantil, se las propongo a modo de derecho de petición[2]:

1.      ¿Por qué se le negó al estudiante Correa el servicio de ambulancia? ¿Bajo qué ley o norma se fundamenta dicha negativa?
2.      ¿Por qué niegan el RX Panorámico a la estudiante Agudelo? Por favor, fundamente en la ley su respuesta, señalándome o informándome de manera precisa los artículos y la norma aplicada.
   Y en general:
3.      ¿Qué procedimiento se sigue en el Servicio Médico de la Universidad del Valle cuando el médico formula determinado procedimiento o examen y luego administrativamente es cambiado o negado? ¿Dónde se fundamenta que el criterio de la funcionaria de autorizaciones prevalezca frente al del médico o profesional de la salud? ¿En qué norma reza esto?
4.      ¿Bajo qué atributos de ley y normatividad universitaria se le niega la prestación de servicios clínicos, de diagnóstico, farmacéutico, etc., al personal derechoso universitario? ¿En dónde se consagran y detallan estos derechos?

   Comedidamente, reitero, sírvase argumentar refiriendo muy detalladamente el texto de ley (nacional) y de normatividad univalluna. Gracias.  
  

De Usted, fraternalmente, también como estudiante,


Rolando Quintero R. (Cód. estudiantil 1031854)
C.C. No. 94.433.142 de Cali
(Estudios Políticos & Resolución de Conflictos de la Universidad del Valle-Meléndez, Cali) 

Posdata: opto por evitarle entrar en cuestiones metafísicas:
        5. ¿Bajo qué méritos humanistas tales situaciones institucionales indignantes en la Universidad del Valle?


CC: Comunidad de la Universidad del Valle.




[1] El pasado viernes 06 de diciembre me encontré al estudiante Correa, caminando por sus medios en el campus Meléndez de la Univalle; me refirió que estuvo hospitalizado desde el día de la no-prestación del servicio de ambulancia hasta el martes 03 de diciembre, luego de una intervención quirúrgica.
[2] Según la ley 1437 de 2011, Titulo II, articulo 13 y ss., "toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición", en consecuencia, no plantea ningún formalismo y en ese caso lo presentado tiene la fuerza de estar poniendo en funcionamiento un derecho fundamental. Esto obliga a que el respectivo funcionario deba responder. En segundo lugar, si hubiere lugar a falta de completitud en la petición, no exime al funcionario de la obligación. El parágrafo del artículo 16 especifica o precisa la obligación del funcionario, aun faltando documentos o requisitos, y el artículo 17 dice como se resuelven los vacíos o las peticiones incompletas.